Otra novedad que nos traen las Cuentas Anuales de 2015 es la nueva información a suministrar en la memoria sobre el periodo medio de pago a proveedores. Hasta ahora, la memoria ya contenía información sobre el pago a proveedores, desde el ejercicio 2015, pero el detalle era distinto. Los datos que se estaban proporcionando eran referidos al cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley y al exceso sobre el plazo máximo. Ahora hay que indicar el periodo medio de pago.

El cálculo del periodo medio de pago depende de si la empresa presenta memoria normal o abreviada/PYMES. Vamos a centrarnos en el segundo caso, que es el que afecta a un mayor número de entidades. Veamos cómo se determina la información que hay que incluir.

* Tomaremos el saldo medio de las cuentas 400+410 (Proveedores y acreedores comerciales) / dividido entre el importe de las compras y gastos (cuenta 60/62). Multiplicamos el resultado * 365.

Ya no hará falta informar sobre el ratio de operaciones pagadas en plazo y de las pendientes de pago al cierre del ejercicio, como hacíamos hasta ahora.

Hay que tener en cuenta los puntos siguientes:
* Los proveedores y acreedores a tener en cuenta son los comerciales (no deben incluirse proveedores de inmovilizado, arrendadores financieros, etc.).
* El plazo se empieza a contar desde la fecha de entrega o prestación del servicio. En caso de que la información no sea fiable, desde la recepción de la factura.
* El número de días pendientes de pago se cuenta desde la entrega/servicio hasta fecha de cierre del ejercicio.

NO se establecerá comparación con los datos del ejercicio anterior por ser el primero en el que se especifica esta nueva información.

Hay empresas que no funcionan con pagos aplazados, en cuyo caso detallarán esta circunstancia en el apartado como justificación para no incluir estos cálculos.

anfix.tv
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