PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Una Junta Directiva de una Asociación puede abrirle a un socio un expediente de expulsión.
Entonces, ¿Puede un socio hacer lo mismo cuando observe causa para ello en uno de los miembros de dicha Directiva? y en caso afirmativo, ¿Ante quién debe hacerlo? porque no tendría sentido hacerlo ante la propia junta.
Son los estatutos de la asociación los que regulan el régimen sancionador de la misma, por lo que habrá que atenerse a ellos para iniciar cualquier procedimiento sancionador, incluida la expulsión de un socio, sea miembro o no de la Junta Directiva. En todo caso, si el expediente sancionador se dirige contra un miembro de la Junta Directiva y es a ésta a quien le corresponde la tramitación del expediente sancionador, el socio miembro de la Junta Directiva afectado deberá lógicamente abstenerse de participar en cualquier decisión, incluso debiendo ausentarse de la propia reunión.