Gesal Díez Avilés

¿Nuestra ASOCIACIÓN puede vender los productos que realizamos a nuestras usuarias sin repercutir IVA?

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PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Tenemos una pequeña tienda donde vendemos ropa de hogar a nuestros asociados y a los que no lo son. Los asociados de nuestra ASOCIACIÓN pueden compran los productos de la misma sin que se repercuta el IVA, ¿se puede aplicar la misma norma a las compras que efectúen nuestras beneficiarias?.

LA VENTA DE LOS CITADOS ARTÍCULOS ESTARÍA SUJETA A IVA, SIN POSIBILIDAD DE EXENCIÓN ALGUNA, CIRCUNSTANCIA POR LA CUAL LA ENTIDAD DEBERÁ REPERCUTIR IVA AL COMPRADOR, PARA POSTERIORMENTE LIQUIDARLO A HACIENDA MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE MODELO TRIMESTRAL.

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