El Impuesto de Sociedades es un tributo que grava las rentas obtenidas por una persona jurídica (una sociedad, una ASOCIACIÓN, una fundación…), o ciertas entidades sin personalidad jurídica, como un fondo de inversión o un fondo de pensiones. Viene a ser como la Declaración de la Renta, pero aplicable a entidades en lugar de a personas físicas.
El cálculo del impuesto parte del resultado contable, minorado en las deducciones o incentivos que sean de aplicación. Si la cuota resultante es positiva, se somete a unos tipos fijos de gravamen, que pueden ser:
– Tipo general: 30%.
– Tipo reducido del 25% para pymes, ASOCIACIONES, aplicable a los primeros 300.000 euros de base imponible. A partir de esa cifra, el resto de la base tributa al tipo general.
– Tipo reducido del 20% para microempresas (para los primeros 300.000 euros), por creación o mantenimiento de empleo.
– Tipos reducidos del 20% y el 15% para emprendedores: aplicable durante dos años a sociedades constituidas a partir del 1 de enero de 2013. Se aplicará en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente.
Quién tiene que presentar el Impuesto sobre Sociedades
Tendrán que presentar el Impuesto de Sociedades las siguientes entidades que residan en territorio español:
* Entidades con personalidad jurídica propia: Sociedades mercantiles (sociedades anónimas, limitadas, limitadas laborales, colectivas, unipersonales…), las agrupaciones de interés económico, asociaciones, fundaciones e instituciones de todo tipo.
* Entidades sin personalidad jurídica: fondos de inversión, capital-riesgo, pensiones…
Están exentas del impuesto determinadas entidades, como son las asociaciones sin ánimo de lucro, cuando sus ingresos anuales no superen los 100.000 euros; cuando todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención y cuando los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2000 euros anuales.
Las entidades mercantiles generan la obligación de presentar el impuesto una vez inscritas en el Registro y la conservan durante toda su existencia, aunque estén inactivas, mientras no depositen la escritura de disolución.
Cuándo se presenta el impuesto
Este modelo 200 se presenta a partir del sexto mes posterior al cierre del periodo impositivo, un un plazo de 25 días naturales. Es decir, si el ejercicio va el 1 de enero al 31 de diciembre, habrá que presentar Sociedades del 1 al 25 de julio cada año. Como no todas las entidades cierran su ejercicio fiscal coincidiendo con el año natural, no se establece una fecha fija de presentación, sino un plazo a partir del cierre.
Cómo se presenta el impuesto
El Impuesto de Sociedades se presenta obligatoriamente por medios telemáticos, por lo que es imprescindible disponer de certificado digital. La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes, en su página web, una programa de ayuda que facilita su cumplimentación.