Gesal Díez Avilés

¿Certificado de delitos sexuales de los contratados y voluntarios? de una Asociación

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Actualización 2/03/2016: desde el 1/3/16 funciona el nuevo registro de delincuentes sexuales, al que se puede realizar la solicitud del certificado de Delitos de Naturaleza Sexual.
Actualización 21/12/2015: Incluimos al final información sobre el procedimiento para la solicitud en bloque de los certificados de todos los trabajadores o voluntarios que trabajan con menores.
Hay cambios recientes en la normativa que afecta a quienes trabajan de manera habitual con menores. Esto es consecuencia de la ratificación por España, en 2010, delConvenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual y, también, por aplicación de la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil. [pdf]
El objetivo, evidentemente es bueno. La forma en que se ha llevado a la práctica provoca cierto revuelo no sólo por los cambios que supone –a todos nos cuesta el cambio– sino también porque, a pesar de que el plazo no parece que haya sido corto, al final las cosas parecen a medio hacer.
Se han cambiado varios artículos en la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, entre los que destacamos la redacción actual del artículo 13, en particular laobligación de aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales para actividades que impliquen contacto habitual con menores:

Artículo 13 Obligaciones de los ciudadanos y deber de reserva
 […]
 Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
 […]

El Registro Central de delincuentes sexuales todavía no existe. La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia ya preveía esta situación, en los siguientes términos:

Disposición transitoria cuarta Certificación de antecedentes penales
 Hasta que entre en funcionamiento el Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación a la que se refiere el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil será emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales.

El problema estriba en que, al menos hasta ahora, los certificados de antecedentes penales se referían a la totalidad de los delitos. Hay quienes argumentan que exigir un certificado en el que figuren todos los delitos que ha podido cometer una persona en un contexto en el que solamente serían relevantes un determinado tipo de delitos puede vulnerar el derecho a la intimidad, tanto de los trabajadores como de los voluntarios a los que pueda afectar esta situación transitoria de incierta duración (hasta que, efectivamente, entre en funcionamiento el citado Registro Central de delincuentes sexuales).
Esta obligación ha sido recogida ya en la ley de voluntariado estatal y podría irse incorporando a las leyes de voluntariado de las diferentes comunidades autónomas. En principio, parece que la responsabilidad queda en el tejado de las asociaciones, que habrán de ser quienes pidan a los contratados o voluntarios esos certificados y quienes, dada la naturaleza de los datos de carácter personal que van a manejar, habrán de tomar medidas de protección suficientes para mantener la reserva.


 
ACTUALIZACIÓN 21/12/15: solicitud desde la entidad.
A través de la página web del Ministerio de Justicia, se ha podido solicitar el certificado de antecedentes penales para personas que trabajan con menores en entidades privadas, mientras entraba en funcionamiento el Registro de delincuentes sexuales. Esta solicitud se puede realizar agrupada para todas los trabajadores y voluntarios que trabajan con menores. Para ello, la entidad autorizaba a un representante para la realización de este trámite y presentaba una solicitud única, dirigida a la Oficina Central de Atención al Ciudadano o a la Gerencia Territorial de Justicia más cercana, tal como se indica en esta página. Este trámite se podía realizar de manera presencial, por correo o por Internet (con pago telemático de las tasas).
Desde el 1/3/2016, se puede acudir directamente al Registro de delincuentes sexuales.

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