PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Si tenemos una cantina-bar-restaurante, destinada al uso de los asociados y esto nos ayuda a pagar los gastos de la sede ¿debemos estar dados de alta en el IAE?
Esa actividad es una actividad económica por la que se debe tributar en el IVA y en el Impuesto sobre Sociedades, aunque esté dirigida sólo a socios. Debería comunicarse el alta de la misma a la Agencia Tributaria a través del modelo censal, en la actividad de bares o cafeterías.