PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Nuestra entidad sin ánimo de lucro ha pedido la Utilidad Pública recientemente para acogerse a la Ley de Mecenazgo y está siendo tramitada la solicitud en estos momentos.
Algunos miembros de la Junta Directiva colaboran como voluntarios en los diferentes programas que llevamos a cabo desde la puesta en marcha de la asociación hace 4 años. Ahora nos planteamos la posibilidad de que uno de estos miembros trabaje por cuenta ajena para la asociación en uno de sus programas. ¿Es posible hacerlo o es incompatible con la Utilidad Pública? Hemos leído los mensajes de este foro al respecto, pero no conseguimos aclarar la duda.
Es posible hacerlo, siempre que su contratación sea por trabajos distintos a los propios de la junta directiva.