PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Somos una asociación que acaba de empezar y una de las dudas que nos surge es el IVA. Nos gustaría saber si las ONGs, por el hecho de serlo, están exentas o no de IVA y de ser así, dónde se solicitaría dicha condición y cuánto tiempo aproximado tardarían en concedérnosla.
¿Cómo nos afectaría en el caso de alquilar un local?
No, las exenciones en el IVA son normalmente objetivas, por lo que si una asociación realiza una actividad económica estará sujeta al IVA como lo puede estar una sociedad mercantil, salvo que sea una actividad exenta (enseñanza o servicios médicos por ejemplo). En el caso de alquilar un local, vuestras obligaciones son las mismas que, por ejemplo, una sociedad mercantil, debiendo soportar la repercusión del IVA por parte del dueño y debiendo vosotros practicar una retención del 19% sobre el importe de la renta, retención que se ingresará trimestralmente en Hacienda a través del modelo 115.