PREGUNTAS Y SUS CORRESPONDIENTES RESPUESTAS DE TEMAS FISCALES, CONTABLES, LABORALES, JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Formo parte de DHANYAWAAD, una organización de reciente creación, que dedica sus esfuerzos a realizar proyectos de cooperación al desarrollo principalmente en Nepal, relacionando nuestra filosofía con la cultura.
Disponemos de muy pocos socios, y queríamos saber qué obligaciones fiscales tendríamos que realizar, y si tenemos que presentar algún modelo trimestral, porque concretamente no sabemos cuál sería.
La organización no supera transacciones iguales o superiores a 3.500 euros, por lo que entendemos que no tenemos que declarar a Hacienda el modelo 347, ¿sería así o estamos equivocados?
Si la entidad no realiza ninguna actividad económica (si todos sus ingresos provienen de donativos y colaboraciones) sus obligaciones fiscales se reducen importantemente; así, no tendrá ninguna obligación en materia de IVA y sus ingresos por donativos y colaboraciones estarían exentos del Impuesto sobre Sociedades.
No obstante, tendrá que presentarse la declaración del Impuesto sobre Sociedades si los ingresos (incluidos donativos) totales del período impositivo superen 50.000 euros anuales, siempre que el importe total de los ingresos correspondientes a rentas no exentas no supere 2.000 euros anuales y que todas sus rentas no exentas estén sometidas a retención.
Por otro lado, recordar que en todo caso, las asociaciones deberán llevar una contabilidad ajustada al Plan General de Contabilidad o a su adaptación para las ESFL.
Si dicha actividad está sujeta a IVA (independientemente de ser una Entidad sin fines lucrativos) si son todas rentas exentas, etc.